Con la aceptación de una medida cautelar presentada por una particular del barrio, la justicia contencioso administrativa acepto la cautelar y pidió frenar la obra hasta tanto se conozcan los detalles del fondo del porque de la obra.
La doctora Martinez Ventura expreso en su resolución “Ordenar a la Municipalidad de La Plata a que se abstenga de llevar a cabo obras de asfalto en calles empedradas que no estén exceptuadas en la ord. 11738 y, en su caso, las suspenda inmediatamente (art. 230 CPCC); ello, hasta tanto se vuelva a analizar el asunto una vez que se evacue el informe que seguidamente se solicita.”
El municipio tiene 5 días hábiles para presentar los fundamentos de porque se decidió asfaltar esa y otras calles adoquinadas de La Plata.