La causa iniciada alla el 1 de enero del 2016 tuvo su ultima instancia en las ultimas horas, cuando el tribunal oral criminal n3 de La Plata determino que las 4 personas que llegaban como imputadas al juicio oral, terminen condenadas por estar acusados de homicidio culposo.
Raúl Ismael García, Santiago Nicolás Piedrabuena y Carlos Bellone recibieron una pena de 3 años de prisión condicional, mientras que Gastón Sebastián Haramboure fue condenado a 4 años de prisión (la cual dieron por cumplida).
Además de las condenas el tribunal considero que era conveniente la inhabilitación especial por el término de diez (10) años para ejercer el derecho de organizar eventos festivos de concurrencia masiva (superior a las diez personas) que requieran habilitación del estado nacional, provincial o municipal.
Sumado a esto tambien le aplicaron una prohición de 4 años donde deberan cumplir con ciertas pautas de control social, como por ejemplo no consumir alcohol ni sustancias, evitar contanto con los familiares de las victimas y cumplir con 120 horas de trabajo social.
En el caso de Haramboure el tribunal considero que la pena ya fue computada ya que estaba detenido desde el mismo dicha del hecho, ya que cumplio con 8 años de detención, entre esa y otra causa anterior.