Los casos analizados como irregulares son aquellos que se hicieron los tramites entre junio y septiembre del 2023.
La medida fue adoptada luego de que la auditoría del Municipio finalizará el Plan de Revisión Integral de la Planta de Personal y determinó que, el pase a planta permanente dispuesto durante el proceso electoral, en los meses de junio y septiembre del 2023 por la administración anterior, fuera declarado nulo, de nulidad insanable.
La declaración de nulidad se funda al comprobarse numerosas y graves irregularidades administrativas y legales, algunas de las cuales configuran delitos de violación de los deberes de funcionario público y malversación de fondos.
Finalizado el relevamiento, la auditoría interna determinó la necesidad de dictar la nulidad del procedimiento y la inmediata remisión de las actuaciones administrativas a la justicia penal en turno.
Grave omisión del concurso público
El pase a planta permanente impugnado se efectuó a fin del mandato del Gobierno anterior, entre los meses de junio y septiembre, sin el llamado a concurso público en los términos y condiciones que establece obligatoriamente la ley de Empleo Público 14.656.
En tal sentido, el artículo 2 de dicha ley establece claramente, como requisito ineludible, que los concursos deben ser públicos y abiertos.
Discriminación y arbitrariedad
Asimismo, al no darse la debida publicidad a dicho procedimiento, tal como establece la normativa vigente, la auditoría comprobó que el mismo constituyó un acto discriminatorio y arbitrario por haber impedido a miles de empleados municipales tomar conocimiento y participar del mismo.
Esta falta se agrava porque no pudieron participar empleados con muchos años de antigüedad y experiencia en su trabajo y probada capacidad. La nulidad se funda también al tener en consideración numerosas denuncias de empleados municipales que se vieron afectados por el oscurantismo del proceso de selección.
De esta manera, miles de empleados públicos habrían podido participar del procedimiento de pase a planta permanente si el llamado se hubiese dado a publicidad, tal como establece la norma.
La auditoría consideró que el mismo fue realizado en forma privada y secreta, violando los mínimos requisitos esenciales de publicidad de gobierno que establece la Constitución de la Provincia.
Omisión de cargos presupuestarios y malversación de fondos
Otro vicio relevante que determinó la nulidad del procedimiento es haber dispuesto que los agentes pasen a planta permanente, sin la previa creación de los cargos correspondientes en el presupuesto municipal.
En tal sentido, la ley orgánica municipal exige que el pase a planta permanente puede hacerse si previamente se han creado los cargos correspondientes en el presupuesto municipal.
En este caso, nunca se crearon los cargos en el presupuesto municipal y solo este vicio genera la nulidad de todo el procedimiento que se intentó realizar.