La iniciativa del diputado provincial Juanes Osaba propone que las multas continúen cobrándose por las vías legales, pero que dejen de funcionar como una barrera para tramitar o renovar la licencia de conducir en la provincia de Buenos Aires.
El diputado provincial de La Libertad Avanza Juanes Osaba presentó un proyecto de ley para modificar el artículo 8.º de la Ley Provincial de Tránsito N.º 13.927 y evitar que el otorgamiento o la renovación de la licencia de conducir queden condicionados al pago previo de multas, tributos o tasas administrativas.
La propuesta establece que ninguna autoridad provincial o municipal podrá exigir la acreditación de un libre deuda como requisito para iniciar, tramitar, otorgar, renovar o solicitar un duplicado del registro. También dispone que las actas de comprobación, infracciones en trámite y multas impagas que no hayan sido juzgadas o no cuenten con una sentencia firme y ejecutoriada no podrán impedir la realización del trámite.
En esos casos, el organismo encargado de emitir la licencia podrá informar al solicitante sobre el estado de sus antecedentes, pero esa comunicación tendrá únicamente carácter informativo. El Estado, por su parte, conservará sus facultades para reclamar las sumas adeudadas mediante los procedimientos legales correspondientes.
“El registro de conducir es para manejar, no para recaudar. Si una multa corresponde, que el Estado la cobre por las vías legales, pero no impidiendo que un vecino pueda renovar su licencia como mecanismo de presión para agrandar la caja”, sostuvo Osaba al fundamentar la iniciativa.
El proyecto diferencia las deudas económicas de las sanciones que afectan directamente la posibilidad de conducir. Por esa razón, no modifica las inhabilitaciones ni las sanciones firmes dictadas por los organismos competentes que impidan manejar en la provincia de Buenos Aires o en otra jurisdicción del país.
Tampoco elimina las multas, perdona deudas ni limita la capacidad estatal de cobrarlas. El objetivo planteado es separar la evaluación de la aptitud psicofísica y técnica necesaria para conducir de los mecanismos administrativos utilizados para exigir el pago de obligaciones pendientes.
En los fundamentos, los autores señalan que ni la Ley Nacional de Tránsito N.º 24.449 ni la Ley Provincial N.º 13.927 contemplan expresamente la presentación de un libre deuda como requisito previo para obtener o renovar la licencia. Según el texto, esa exigencia surgió de la reglamentación establecida mediante el Decreto provincial N.º 532/09.
La iniciativa sostiene además que el Estado dispone del juicio de apremio como vía para reclamar el pago de multas que tengan sentencia firme, sin necesidad de condicionar un trámite vinculado con la habilitación para conducir. También menciona antecedentes de tribunales bonaerenses que cuestionaron esta clase de restricciones administrativas.
“Hoy muchos bonaerenses llegan a renovar el registro y descubren que el trámite quedó condicionado al pago de multas. Eso no mejora la seguridad vial, solo convierte la licencia en una herramienta de recaudación”, afirmó el diputado provincial.
La propuesta también contempla la derogación de toda norma, reglamento o disposición municipal que se oponga al nuevo criterio. El expediente deberá ahora comenzar su tratamiento en la Cámara de Diputados de la provincia de Buenos Aires.

