Este martes la Justicia bonaerense definitivo tras varias audiencias preliminares que Miguel Tobar no había estado en el lugar del homicidio de Walter Couste ocurrido el 3 de octubre del 2015 en La Plata.
Por otro lado la fiscal de juicio Victoria Huergo no sólo acepto desvincular a Tobar de la causa ya elevada a juicio en el Tribunal Penal n 4 de La Plata sino que además solicito que se investigue de manera urgente el accionar del fiscal de instrucción Alvaro Garganta.
Es por las declaraciones de 3 de los testigos presenciales del hecho quien confirmaron en varias audiencias que “Fuimos a un lugar, como a un subsuelo dentro de la Fiscalía de él, como un espacio grande. Yo le nombré nuevamente a las
personas que yo suponía que habían ido ese día, y el me nombró también al “Negro Tobar”. Me dijo que era una banda, me
nombró todos los integrantes, y me dijo a mi que me estaba faltando nombrar a uno, al Negro Tobar. Yo le dije que no, que no
lo conocía y que no tenía problemas con él para nombrarlo, que yo estaba seguro de quienes eran. Como él me había
insinuado que en la banda Tobar también era integrante, si yo tenía que hacer una denuncia la tenía que hacer contra todos.
Yo le dije que no, que no estaba de acuerdo, le volví a reiterar los mismos nombres y que quería que se hiciera justicia con las
personas que fueron. El me nombró unas causas que yo tenía en mi contra y me dijo que si no nombraba a todos iba a ser
perjudicial para mí. En ese momento la verdad que tuve miedo, todo había sucedido hace poco, me sentí asustado y terminé
haciendo lo que me dijo.”
La fiscal en tanto expuso “La primera cuestión que quiero señalar es que de la causa no existe ningún elemento que tenga que ver como
prueba directa que involucre o que vincule a Tobar con estos hechos. Todos los testigos han sido contestes al
manifestar que no pudieron identificar la cantidad ni la identidad de las personas que ingresaran al departamento.
Por lo tanto, la construcción de la prueba de cargo que ha tenido a Tobar ligado a este procedimiento, siempre ha sido
de carácter indirecta en función especialmente de una expresión que se repite a lo largo del requerimiento fiscal, que
es que, por la clase, por el tipo de delito que estamos tratando, tiene que haber sido un delito cometido por un motivo.
Entonces, principalmente los elementos que lo mantuvieron a Tobar vinculado al presente están asociados a que se
supone que era la persona que tenía el motivo para actuar de esa manera y que tenía antecedentes muy violentos
previos con la persona de De Luca.”

